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| TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN |
| SALA REGIONAL XALAPA |
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| SECRETARÍA GENERAL DE ACUERDOS |
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| TURNO A MAGISTRADOS |
| JUICIOS Y RECURSOS |
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| Con fundamento en los artículos 6° y 99, párrafo séptimo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 184 y 197, fracción III, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; 8°, fracciones X y XI, del Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación; 8, 13 y 14 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, y en los numerales 1°, fracciones I, IV y VI, 7°, fracción IV, 17, fracción II, del Acuerdo General que establece los órganos, criterios y procedimientos institucionales para la transparencia y acceso a la información pública del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, se hace del conocimiento público el acuerdo de turno del expediente que a continuación se precisa:
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| EXPEDIENTE: |
SX-AG-0046-2010 |
| ACTOR: |
PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL |
| RESPONSABLE: |
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| AUTO DE TURNO: |
Xalapa-Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a seis de septiembre de dos mil diez.
El Secretario General de Acuerdos Víctor Ruiz Villegas da cuenta a la Magistrada Claudia Pastor Badilla, Presidente de este órgano jurisdiccional, con el escrito y su anexo, recibido en la Oficialía de Partes hoy, mediante el cual Rafael Gómez Gómez, ostentándose como representante propietario del Partido Revolucionario Institucional, ante el Consejo Municipal del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana del Estado de Chiapas con sede en Chapultenango, promueve lo que denomina “recurso de reconsideración” en contra de la resolución de cinco de agosto último, emitida por el Tribunal de Justicia Electoral y Administrativa del Poder Judicial de esa entidad federativa en el expediente TJEA/JNE-M/02-PL/2010, que confirmó el cómputo municipal, la declaración de validez de la elección y la entrega de la constancia de mayoría a la planilla postulada por la coalición “Unidad por Chiapas” en el municipio aludido.
Al respecto, con fundamento en los artículos 197, fracción III, 204, fracciones I y IV, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, relacionados con los numerales 38, fracción I, y 77, fracción I, del Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, SE ACUERDA:
PRIMERO. Con el escrito de cuenta y su anexo, intégrese el expediente respectivo y regístrese en el Libro de Gobierno con la clave SX-AG-46/2010, y
SEGUNDO. A fin de que determine lo que en Derecho proceda y, en su caso, substancie el procedimiento respectivo para proponer a la Sala, en su oportunidad, la resolución que corresponda, túrnese el expediente a la Magistrada Judith Yolanda Muñoz Tagle.
NOTIFÍQUESE por estrados, y hágase del conocimiento público en la página de este órgano judicial en Internet.
Así lo acordó y firma la Magistrada Presidente de la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de la Tercera Circunscripción Plurinominal Electoral, con sede en esta ciudad, ante el Secretario General de Acuerdos quien autoriza y da fe. Rúbricas.
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| EXPEDIENTE: |
SX-AG-0047-2010 |
| ACTOR: |
PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL |
| RESPONSABLE: |
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| AUTO DE TURNO: |
Xalapa-Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a seis de septiembre de dos mil diez.
El Secretario General de Acuerdos Víctor Ruiz Villegas da cuenta a la Magistrada Claudia Pastor Badilla, Presidente de este órgano jurisdiccional, con el oficio TJEA/P/219/2010 y sus anexos, recibido en la Oficialía de Partes hoy, mediante el cual el Magistrado Presidente del Tribunal de Justicia Electoral y Administrativa del Poder Judicial del Estado de Chiapas, remite el escrito por el que Rafael Gómez Gómez, ostentándose como representante propietario del Partido Revolucionario Institucional, ante el Consejo Municipal del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana del Estado de Chiapas con sede en Chapultenango, promueve lo que denomina “amparo directo” en contra de la resolución de cinco de agosto último, emitida por el pleno del referido tribunal en el expediente TJEA/JNE-M/02-PL/2010, que confirmó el cómputo municipal, la declaración de validez de la elección y la entrega de la constancia de mayoría a la planilla postulada por la coalición “Unidad por Chiapas” en el municipio aludido.
Al respecto, con fundamento en los artículos 197, fracción III, 204, fracciones I y IV, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, relacionados con los numerales 38, fracción I, y 77, fracción II, del Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, SE ACUERDA:
PRIMERO. Con el oficio de cuenta y sus anexos, intégrese el expediente respectivo y regístrese en el Libro de Gobierno con la clave SX-AG-47/2010, y
SEGUNDO. A fin de que determine lo que en Derecho proceda y, en su caso, substancie el procedimiento respectivo para proponer a la Sala, en su oportunidad, la resolución que corresponda, túrnese el expediente a la Magistrada Judith Yolanda Muñoz Tagle, al estar relacionado con el expediente SX-AG-46/2010, turnado a su ponencia, pues se impugna la misma resolución.
NOTIFÍQUESE por estrados, y hágase del conocimiento público en la página de este órgano judicial en Internet.
Así lo acordó y firma la Magistrada Presidente de la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de la Tercera Circunscripción Plurinominal Electoral, con sede en esta ciudad, ante el Secretario General de Acuerdos quien autoriza y da fe. Rúbricas.
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| EXPEDIENTE: |
SX-JDC-0354-2010 |
| ACTOR: |
DOMINGO HERNÁNDEZ PÉREZ |
| RESPONSABLE: |
TRIBUNAL DE JUSTICIA ELECTORAL Y ADMINISTRATIVA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE CHIAPAS |
| AUTO DE TURNO: |
Xalapa-Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a seis de septiembre de dos mil diez.
El Secretario General de Acuerdos Víctor Ruiz Villegas da cuenta a la Magistrada Claudia Pastor Badilla, Presidente de este órgano jurisdiccional, con el oficio TJEA/P/220/2010 y sus anexos, recibido en la Oficialía de Partes este día, mediante el cual el Magistrado Presidente del Tribunal de Justicia Electoral y Administrativa del Poder Judicial del Estado de Chiapas, remite la demanda del juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, promovido por Domingo Hernández Pérez, por su propio derecho, ostentándose como candidato a Presidente Municipal de Zinacantán en la mencionada entidad federativa, postulado por la Coalición “Unidad por Chiapas”, en contra de la sentencia de veinticinco de agosto último dictada por el pleno del mencionado tribunal, en el expediente TJEA/JNE-M/08-PL/2010, que modificó el cómputo y confirmó la declaración de validez y la entrega de la constancia de mayoría a la fórmula postulada por el Partido Revolucionario Institucional en ese municipio.
Al respecto, con fundamento en los artículos 197, fracción III, 204, fracciones I y IV, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, relacionados con los numerales 38, fracción I, y 77, fracción I, del Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, SE ACUERDA:
PRIMERO. Con el oficio de cuenta y sus anexos, intégrese el expediente respectivo y regístrese en el Libro de Gobierno con la clave SX-JDC-354/2010, y
SEGUNDO. Para los efectos previstos en el artículo 19 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, túrnese el expediente a la Magistrada Yolli García Alvarez.
NOTIFÍQUESE por estrados y hágase del conocimiento público en la página de este órgano judicial en Internet.
Así lo acordó y firma la Magistrada Presidente de la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, de la Tercera Circunscripción Plurinominal Electoral, con sede en esta ciudad, ante el Secretario General de Acuerdos quien autoriza y da fe. Rúbricas.
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| EXPEDIENTE: |
SX-JRC-0153-2010 |
| ACTOR: |
PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA
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| RESPONSABLE: |
TRIBUNAL ESTATAL ELECTORAL DE OAXACA |
| AUTO DE TURNO: |
Xalapa-Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a seis de septiembre de dos mil diez.
El Secretario General de Acuerdos Víctor Ruiz Villegas da cuenta a la Magistrada Claudia Pastor Badilla, Presidente de este órgano jurisdiccional, con el oficio TEE/SGA/1579/2010 y sus anexos, recibido en la Oficialía de Partes este día, por el cual el Secretario General del Tribunal Estatal Electoral de Oaxaca, remite la demanda del juicio de revisión constitucional electoral promovido por Sabino Martínez Ortega, ostentándose como representante del Partido de la Revolución Democrática, ante el IX Consejo Distrital del Instituto Estatal Electoral de esa entidad con cabecera en San Pedro Mixtepec, en contra de la sentencia de veintisiete de agosto último dictada por el pleno del mencionado tribunal en el expediente RIN/DMR/IX/03/2010 y la sección de ejecución de la misma, que modificó el cómputo y confirmó la declaración de validez y la entrega de la constancia de mayoría a la fórmula postulada por la coalición “Por La Transformación de Oaxaca” en el distrito aludido.
Al respecto, con fundamento en lo previsto por los artículos 197, fracción III, 204, fracciones I y IV, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, relacionados con los numerales 38, fracción I, y 77, fracción I, del Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, SE ACUERDA:
PRIMERO. Con el oficio de cuenta y sus anexos, intégrese el expediente respectivo y regístrese en el Libro de Gobierno con la clave SX-JRC-153/2010, y
SEGUNDO. Para los efectos previstos en el artículo 19 y 92 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, túrnese el expediente a la suscrita Magistrada Presidente.
NOTIFÍQUESE por estrados, y hágase del conocimiento público en la página de este órgano judicial en Internet.
Así lo acordó y firma la Magistrada Presidente de la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de la Tercera Circunscripción Plurinominal Electoral, con sede en esta ciudad, ante el Secretario General de Acuerdos quien autoriza y da fe. Rúbricas.
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| EXPEDIENTE: |
SX-JRC-0154-2010 |
| ACTOR: |
PARTIDO ACCIÓN NACIONAL
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| RESPONSABLE: |
TRIBUNAL ESTATAL ELECTORAL DE OAXACA Y OTRAS |
| AUTO DE TURNO: |
Xalapa-Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a seis de septiembre de dos mil diez.
El Secretario General de Acuerdos Víctor Ruiz Villegas da cuenta a la Magistrada Claudia Pastor Badilla, Presidente de este órgano jurisdiccional, con el oficio TEE/SGA/1580/2010 y sus anexos, recibido en la Oficialía de Partes este día, por el cual el Secretario General del Tribunal Estatal Electoral de Oaxaca, remite la demanda del juicio de revisión constitucional electoral promovido por Hernán Reyes Larrea, ostentándose como representante propietario del Partido Acción Nacional, ante el VII Consejo Distrital del Instituto Estatal Electoral de esa entidad con cabecera en Miahuatlán de Porfirio Díaz, en contra de las sentencias de veintisiete de agosto último dictadas por el pleno del mencionado tribunal, en los expedientes RIN/DMR/VII/05/2010 y RIN/DMR/VII/06/2010, así como la sección de ejecución de las mismas, por las que se modificó el cómputo y confirmó la declaración de validez y la entrega de la constancia de mayoría a la fórmula postulada por la coalición “Por La Transformación de Oaxaca” en el distrito aludido.
Al respecto, con fundamento en lo previsto por los artículos 197, fracción III, 204, fracciones I y IV, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, relacionados con los numerales 38, fracción I, y 77, fracción I, del Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, SE ACUERDA:
PRIMERO. Con el oficio de cuenta y sus anexos, intégrese el expediente respectivo y regístrese en el Libro de Gobierno con la clave SX-JRC-154/2010, y
SEGUNDO. Para los efectos previstos en el artículo 19 y 92 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, túrnese el expediente a la Magistrada Yolli García Alvarez.
NOTIFÍQUESE por estrados, y hágase del conocimiento público en la página de este órgano judicial en Internet.
Así lo acordó y firma la Magistrada Presidente de la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de la Tercera Circunscripción Plurinominal Electoral, con sede en esta ciudad, ante el Secretario General de Acuerdos quien autoriza y da fe. Rúbricas.
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| EXPEDIENTE: |
SX-JRC-0155-2010 |
| ACTOR: |
PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA
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| RESPONSABLE: |
TRIBUNAL ESTATAL ELECTORAL DE OAXACA |
| AUTO DE TURNO: |
Xalapa-Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a seis de septiembre de dos mil diez.
El Secretario General de Acuerdos Víctor Ruiz Villegas da cuenta a la Magistrada Claudia Pastor Badilla, Presidente de este órgano jurisdiccional, con el oficio TEE/SGA/1584/2010 y sus anexos, recibido en la Oficialía de Partes este día, por el cual el Secretario General del Tribunal Estatal Electoral de Oaxaca, remite la demanda del juicio de revisión constitucional electoral promovido Sabino Martínez Ortega, ostentándose como representante del Partido de la Revolución Democrática, ante el IX Consejo Distrital del Instituto Estatal Electoral de esa entidad con cabecera en San Pedro Mixtepec, en contra de la sentencia de veintisiete de agosto último dictada por el pleno del mencionado tribunal en el expediente RIN/DMR/IX/04/2010 y en vía de consecuencia la sección de ejecución de la misma, que modificó el cómputo y confirmó la declaración de validez y la entrega de la constancia de mayoría a la fórmula postulada por la coalición “Por La Transformación de Oaxaca” en el distrito aludido.
Al respecto, con fundamento en lo previsto por los artículos 197, fracción III, 204, fracciones I y IV, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, relacionados con los numerales 38, fracción I, y 77, fracción II, del Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, SE ACUERDA:
PRIMERO. Con el oficio de cuenta y sus anexos, intégrese el expediente respectivo y regístrese en el Libro de Gobierno con la clave SX-JRC-155/2010, y
SEGUNDO. Para los efectos previstos en el artículo 19 y 92 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, túrnese el expediente a la suscrita Magistrada Presidente, al estar relacionado con el expediente SX-JRC-153/2010, turnado a mi ponencia, pues se trata de resoluciones similares, con misma pretensión y causa de pedir.
NOTIFÍQUESE por estrados, y hágase del conocimiento público en la página de este órgano judicial en Internet.
Así lo acordó y firma la Magistrada Presidente de la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de la Tercera Circunscripción Plurinominal Electoral, con sede en esta ciudad, ante el Secretario General de Acuerdos quien autoriza y da fe. Rúbricas.
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| EXPEDIENTE: |
SX-JRC-0156-2010 |
| ACTOR: |
PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
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| RESPONSABLE: |
TRIBUNAL ESTATAL ELECTORAL DE OAXACA |
| AUTO DE TURNO: |
Xalapa-Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a seis de septiembre de dos mil diez.
El Secretario General de Acuerdos Víctor Ruiz Villegas da cuenta a la Magistrada Claudia Pastor Badilla, Presidente de este órgano jurisdiccional, con el oficio TEE/SGA/1585/2010 y sus anexos, recibido en la Oficialía de Partes este día, por el cual el Secretario General del Tribunal Estatal Electoral de Oaxaca, remite la demanda del juicio de revisión constitucional electoral promovido por Ramiro Martín Ibáñez Morales, ostentándose como representante propietario del Partido Revolucionario Institucional, ante el XXV Consejo Distrital del Instituto Estatal Electoral de esa entidad con cabecera en Acatlán de Pérez Figueroa, en contra de la sentencia de veintisiete de agosto último dictada por el pleno del mencionado tribunal, en el expediente RIN/DMR/XXV/08/2010, que confirmó el cómputo, la declaración de validez y la entrega de la constancia de mayoría a la fórmula postulada por la coalición “Unidos por la Paz y el Progreso” en el distrito aludido.
Al respecto, con fundamento en lo previsto por los artículos 197, fracción III, 204, fracciones I y IV, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, relacionados con los numerales 38, fracción I, y 77, fracción I, del Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, SE ACUERDA:
PRIMERO. Con el oficio de cuenta y sus anexos, intégrese el expediente respectivo y regístrese en el Libro de Gobierno con la clave SX-JRC-156/2010, y
SEGUNDO. Para los efectos previstos en el artículo 19 y 92 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, túrnese el expediente a la Magistrada Judith Yolanda Muñoz Tagle.
NOTIFÍQUESE por estrados, y hágase del conocimiento público en la página de este órgano judicial en Internet.
Así lo acordó y firma la Magistrada Presidente de la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de la Tercera Circunscripción Plurinominal Electoral, con sede en esta ciudad, ante el Secretario General de Acuerdos quien autoriza y da fe. Rúbricas.
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| EXPEDIENTE: |
SX-JRC-0157-2010 |
| ACTOR: |
PARTIDO NUEVA ALIANZA
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| RESPONSABLE: |
TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE |
| AUTO DE TURNO: |
Xalapa-Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a seis de septiembre de dos mil diez.
El Secretario General de Acuerdos Víctor Ruiz Villegas da cuenta a la Magistrada Claudia Pastor Badilla, Presidente de este órgano jurisdiccional, con el oficio 3246/2010 y sus anexos, recibido en la Oficialía de Partes este día, por el cual el Magistrado Presidente del Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave remite la demanda del juicio de revisión constitucional electoral promovido por Carlos Manuel Flores Sánchez, ostentándose como representante propietario del Partido Nueva Alianza, ante el Consejo Municipal del Instituto Electoral Veracruzano con sede en Huatusco, en contra de la sentencia de dos de septiembre último dictada por el pleno del mencionado tribunal, en el expediente RIN/04/02/72/2010 y sus acumulados RIN/24/06/72/2010 Y RIN/46/02/72/2010, que modificó el cómputo y confirmó la declaración de validez y la entrega de la constancia de mayoría a la fórmula postulada por la Coalición “Viva Veracruz” en el municipio aludido.
Al respecto, con fundamento en lo previsto por los artículos 197, fracción III, 204, fracciones I y IV, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, relacionados con los numerales 38, fracción I, y 77, fracción I, del Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, SE ACUERDA:
PRIMERO. Con el oficio de cuenta y sus anexos, intégrese el expediente respectivo y regístrese en el Libro de Gobierno con la clave SX-JRC-157/2010, y
SEGUNDO. Para los efectos previstos en el artículo 19 y 92 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, túrnese el expediente a la suscrita Magistrada Presidente.
NOTIFÍQUESE por estrados, y hágase del conocimiento público en la página de este órgano judicial en Internet.
Así lo acordó y firma la Magistrada Presidente de la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de la Tercera Circunscripción Plurinominal Electoral, con sede en esta ciudad, ante el Secretario General de Acuerdos quien autoriza y da fe. Rúbricas.
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